Entendemos que una persona se encuentra en situación de dependencia cuando, por cualquier causa experimenta una pérdida de su autonomía física, intelectual, sensorial o mental que hacen que, en definitiva, no puedan valerse por sí mismas y deba solicitar ayuda a domicilio en Madrid. Aquí te enseñamos a realizar la Solicitud Ley de Dependencia de Madrid.
Estas circunstancias pueden venir motivadas por una enfermedad, una discapacidad, un accidente o por edad avanzada. Con independencia de cuál sea la causa, las personas dependientes serán aquellas que precisen de la asistencia o ayuda de otra persona para la realización de las actividades y tareas básicas de la vida diaria tales como alimentarse, beber, moverse, vestirse o asearse.
Reconocimiento de la situación de dependencia
Con el objetivo de garantizar el derecho de toda persona a su autonomía personal, así como el de las personas dependientes a recibir una asistencia de calidad, en diciembre de 2006 se promulgó la coloquialmente conocida como “Ley de Dependencia”.
Esta norma regula cuáles son los requisitos que deben cumplirse para el reconocimiento de la situación de dependencia y cuáles son los tipos de servicios o prestaciones que las personas dependientes pueden recibir, así como los trámites que deben llevarse a cabo para declaración de la situación de dependencia de una persona.
Para ello se debe seguir un procedimiento administrativo, cuyo plazo máximo de duración no debe superar los 20 meses, y que finalizará mediante una resolución en la que se determinará tanto el grado de dependencia de una persona como las prestaciones o servicios concretos a que tendrá derecho.
Requisitos de la persona solicitante de la Ley de Dependencia
En el supuesto que nos ocupa, para poder solicitar las ayudas de la Ley de Dependencia en la Comunidad de Madrid, las personas solicitantes deben ser mayores de edad, tener la nacionalidad española que acrediten su residencia en la Comunidad de Madrid.
En caso de que la persona solicitante sea extranjera, deberá justificar que ha residido legalmente en España por un período mínimo de cinco años, dos de los cuales han de ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de solicitud; asimismo, deben acreditar su residencia en la Comunidad de Madrid.
Para aquellas personas dependientes menores de edad y, en todo caso, de menos de 5 años deberán ser sus padres, tutores legales o quienes ostenten su guardia o custodia los que cumplan con los requisitos antes señalados.
Procedimiento para el reconocimiento de Solicitud Ley de Dependencia de Madrid
Para obtener la resolución por la que se reconozca la situación legal de dependencia la persona solicitante, o quien legalmente la represente, deberá presentar el formulario oficial debidamente cumplimentado acompañado de la siguiente documentación:
- DNI.
- Certificación expedida por el Ayuntamiento acreditativo de la residencia en la Comunidad de Madrid.
- Informe social expedido por los Servicios Sociales Municipales que correspondan.
- Informe de salud.
- Declaración del Impuesto sobre el patrimonio.
- Documentación acreditativa, en su caso, de la condición de pensionista de gran invalidez o el reconocimiento de algún grado de discapacidad.
La solicitud se podrá presentar por vía telemática en la sede electrónica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, o bien presencialmente en cualquier Oficina de Atención a la Dependencia del territorio de la comunidad o a través del trabajador o trabajadora social del centro de salud que corresponda.
Después, se procederá a la valoración por parte de la Consejería, mediante visita domiciliaria, de la situación de dependencia de la persona, del entorno en el que viva y del tipo de ayuda que requiere, determinando el grado de dependencia de acuerdo con el siguiente baremo del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales:
- Grado I: Dependencia moderada, si las necesidades de apoyo son intermitentes o limitadas y se requieren menos de una vez al día.
- Grado II: Dependencia severa, si requieren apoyo varias veces al día, pero no la presencia constante de otra persona;
- Grado III: Gran Dependencia, dada la pérdida total de autonomía requieren la ayuda constante y permanente de otra persona.
Una vez determinado el grado de dependencia de la persona, y en colaboración con un trabajador o trabajadora social, se elaborará un Programa Individual de Atención o PIA, en el que se determinará la atención y cuidado específico que requiere la persona de entre las ayudas ofertadas por la Comunidad de Madrid.
Ayudas sociales a la Dependencia de la Comunidad de Madrid
Servicios para el apoyo a la dependencia y Solicitud Ley de Dependencia de Madrid
Los servicios para el apoyo a la dependencia comprenden desde la financiación total o parcial del ingreso en una residencia especializada hasta la teleasistencia, contemplando los distintos grados de ayuda a domicilio.
Ello supone, en la práctica, que la Comunidad de Madrid subvencionará gastos tales como el precio de un auxiliar a domicilio, así como el copago de las asistencias que las personas dependientes reciban en centros de día.
Prestaciones económicas
En cuanto a las prestaciones de contenido económico que se otorgan para cubrir los gastos de los servicios y cuidados requeridos por la persona dependiente, estas se dividen a su vez en prestación económica para cuidados familiares o PECEF, y prestación económica vinculada a los servicios o PEVS.
Dentro de la primera categoría se conceden ayudas económicas destinadas a la retribución de los cuidados prestados a la persona dependiente por parte de un familiar o de su cónyuge, cuyo importe se determinará en función del grado de dependencia.
En cuanto a las PEVS, estas se conceden en forma de Cheque Servicio para contribuir al pago de un servicio privado, cuyo importe se determinará igualmente en proporción al grado de dependencia reconocido.
Como fácilmente cabe comprobar, la obtención de una ayuda de la Ley de la Dependencia en Madrid requiere la tramitación de un procedimiento administrativo que en ocasiones puede resultar excesivamente largo y tedioso en cuanto a los trámites burocráticos que se requieren, pero es fundamental.
Afortunadamente, hoy día existen numerosas entidades especializadas en este tipo de cuestiones que pueden ayudar a los familiares y cónyuges de una persona dependiente a obtener unas ayudas vitales para un amplio sector de la población que no puede valerse por sí mismo.