En las últimas etapas de la vida, las limitaciones que sufren las personas mayores son muchas y de muy distinto tipo. Por ello, el Estado y las Comunidades Autónomas, de acuerdo con la Ley de Dependencia, deben tomar una serie de medidas destinadas a aquellas personas que cumplan una serie de requisitos previstos en la Ley. Aquí te explicamos las ayudas para personas mayores en la Comunidad de Madrid
Requisitos que se han de cumplir para recibir las prestaciones reconocidas en la Ley de Dependencia
Para que la Comunidad de Madrid reconozca que la persona en cuestión se encuentra en una situación de dependencia, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar en situación de dependencia, es decir, precisar la ayuda, asistencia o atención de una tercera persona para poder llevar a cabo las tareas diarias.
- Ser español.
- Residir en España y haber residido en nuestro país durante, al menos, cinco años.
- Vivir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que se ha presentado la solicitud para recibir la ayuda o prestación por dependencia.
- Presentar la solicitud en los Centros de Servicios Sociales Municipales o en el Registro de la Consejería para poder optar a estas ayudas.
Las ayudas a la dependencia de la Comunidad de Madrid
Para que la Comunidad de Madrid reconozca que la persona en cuestión se encuentra en una situación de dependencia, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Ayuda a Domicilio
La ayuda a domicilio consiste en prestaciones domésticas, sociales, psicológicas y rehabilitadoras a personas en situación de especial necesidad. Incluyen la atención doméstica, la atención personal, la teleasistencia y otras ayudas complementarias.
Será necesario cumplir con los requisitos generales que hemos expuesto anteriormente. Además, para recibir la prestación de teleasistencia se precisará tener teléfono y suministro eléctrico y saber utilizar el dispositivo. Por su parte, para las ayudas complementarias será necesario cumplir con algunos requisitos más como que el hogar sea de uso y disfrute del solicitante o que el usuario tenga la capacidad suficiente para supervisar la compra o la actividad en cuestión.
Centros de Día
Los Centros de Día son centros especializados no residenciales dirigidos a la rehabilitación y socialización de personas mayores dependientes. En estos centros se llevan a cabo actividades rehabilitadoras, de atención psicosocial o de terapia ocupacional, entre otros.
Para poder optar a esta ayuda es necesario cumplir con los requisitos generales, además de disponer del Programa Individual de Atención en que se especifique la necesidad de esta prestación.
Residencias
Las residencias son centros residenciales en los que se lleva a cabo una atención preventiva, rehabilitadora y de cuidados personales a los mayores dependientes, y actividades de atención preventiva, rehabilitadora y de cuidados personales a los mayores autónomos. Se ofrecerá vivienda permanente y atención integral a los mayores, autónomos o no.
Es necesario cumplir con los requisitos generales, pero además se deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener 65 años o más.
- Residir en la Comunidad de Madrid durante los dos años anteriores.
- No tener enfermedades infecciosas o contagiosas o cualquier patología que requiera la atención permanente de un centro hospitalario.
Pisos Tutelados
Los pisos tutelados son alojamientos sociales para personas mayores autónomas, pero con importantes problemas de alojamiento, en los que, además, se ofrecen algunos servicios como actividades que promueven la autonomía de los mayores.
Para poder optar a esta ayuda, es necesario, además de cumplir con los requisitos generales, cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser autónomo.
- Tener más de 65 años.
- No tener alojamiento estable.
- Estar en riesgo por vivir solo.
- No tener enfermedades infecciosas o contagiosas.
Residencias para mayores durante las vacaciones del cuidador
Esta ayuda permite que las personas encargadas del cuidado del anciano puedan tomar vacaciones, poniendo a disposición del anciano una residencia vacacional. Este tipo de prestación tiene una duración de 30 días durante los meses de julio, agosto, septiembre u octubre. Para poder acceder a esta ayuda, se deberán cumplir los siguientes requisitos, además de los generales:
- Tener 60 años y precisar asistencia o tener 80 años o más.
- Convivir con familiares o ser atendido de forma habitual por ellos.
- No tener enfermedades contagiosas o crónicas terminales.
- Tener discapacidad individual.
Centro de atención a personas con enfermedad mental
Este tipo de centros proporcionan alojamiento temporal o permanente, así como apoyo, supervisión y atención personas con una enfermedad mental grave y duradera.
En este caso, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser español, extranjero, exiliado, refugiado o apátrida.
- Tener entre 18 y 65 años.
- Tener una enfermedad mental grave.
Ayudas para fomentar la autonomía personal
Este tipo de ayudas tienen carácter socioeconómico y están destinadas a personas con discapacidad psíquica, sensorial o física. Tienen por objeto promover la autonomía de estas personas. Así, están integradas por ayudas como el pago de la residencia, la ayuda para adaptar la vivienda o para la adquisición de audífonos, entre otras. Para tener acceso a estas ayudas, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser español, extranjero, exiliado, refugiado o apátrida.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Tener una discapacidad igual o superior al 33 % y que esta esté relacionada con la ayuda que se solicita.
- Tener menos de 65 años, salvo para algunas ayudas, que se podrán obtener cuando se tengan menos de 70 años.
- Tener unos ingresos personales o familiares dentro de los límites.
Rehabilitación y reinserción social
Estas ayudas a yudas para personas mayores en la Comunidad de Madrid, económicas, están destinadas a personas con enfermedades mentales graves y crónicas para sufragar los gastos derivados de su inclusión. Para recibirlas, es necesario cumplir con algunos requisitos:
- Tener más de 18 años.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Ser español, extranjero, exiliado, refugiado o apátrida.
- Estar incluido en el programa de rehabilitación y reinserción.
- Tener una discapacidad reconocida.
- Tener unos determinados ingresos personales y familiares.
Prestaciones por dependencia
Este tipo de prestaciones consisten en servicios y ayudas económicas que tienen como objetivo promover la autonomía y atender las necesidades de personas dependientes. Para recibir estas ayudas, se deberán cumplir algunos requisitos:
- Estar en situación de dependencia.
- Residir en España durante los 5 años anteriores.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
Renta Mínima de Inserción
Se trata de una prestación económica para satisfacer necesidades básicas cuando no se puedan obtener los ingresos necesarios por otros medios. Para poder percibir esta renta mínima se deberá tener una edad de entre 25 y 65 años —hay casos en los que la edad puede ser menor o mayor, siempre que se cumplan algunas condiciones—.
Tarjeta de estacionamiento para personas discapacitadas
Esta tarjeta permite aparcar en lugares reservados a personas con movilidad reducida. Para tener acceso a esta tarjeta, la persona deberá estar empadronado en Madrid y tener movilidad reducida. Una de las ayudas para personas mayores en la Comunidad de Madrid, más populares.
Subvenciones para acceder al interior de la vivienda
Son ayudas económicas para llevar a cabo las instalaciones o construcciones necesarias en la vivienda, para lo cual se deberá ser propietario o inquilino de una vivienda radicada en Madrid, siempre que en ella resida una persona de 65 o más años o una persona con una discapacidad igual o mayor al 33 %.
Ayudas para mejorar la habitabilidad de la vivienda
Estas ayudas actúan sobre las condiciones de la vivienda que puedan suponer un riesgo o más dependencia, tales como pintura y limpieza de la casa, o la adaptación de la misma. Para acceder a esta ayuda, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- La casa es de uso y disfrute del solicitante.
- Que la adaptación de la casa sea necesaria para la autonomía del mayor.
- Tener 65 o más años cuando se tiene poca autonomía, tener menos de 65 años cuando se tiene limitación física o psíquica, ser familiar con ancianos, enfermos o personas con discapacidad con enfermos a cargo o ser una familia en crisis.
Ayudas para acogimiento familiar
Este tipo de ayudas económicas tienen el objetivo de sufragar los gastos de acogida y asistencias en el hogar, previendo el acogimiento de los mayores en familias con las que no tienen ningún parentesco. Para ello hay que cumplir algunos requisitos:
- Ingresos inferiores a 714 euros.
- Tener más de 65 años o más de 60 para personas poco autónomas.
- No tener enfermedades infecto-contagiosas.
- No tener alteraciones conductuales.
- No ser pariente de la familia de acogida hasta el segundo grado.
Con estas ayudas para personas mayores en la Comunidad de Madrid, vela por la autonomía y la reinserción de nuestros mayores, parte del pasado, presente y futuro fundamental de la sociedad en la que vivimos.